TGSS: NUEVO SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRONICAS (NOTESS)
El día 1 de enero de 2013 entra en vigor el nuevo Sistema de Notificaciones Electrónicas, (NOTESS) el cual consiste en que TODAS las personas y entidades estarán obligadas a recibir por medios electrónicos (Internet) las comunicaciones y notificaciones que les realice la SEGURIDAD SOCIAL en la Sede Electrónica de la pagina https://www.seg-social.es, y dejaran de recibir las notificaciones por correo ordinario. Para ello, tendrán que obligatoriamente:
- Disponer de una cuenta de correo electrónico particular, y un número de movil
Los obligados son todos aquellos que tengan cuenta de cotización en la Seguridad Social:
- Sociedades Anónimas y de Responsabilidad Limitada (NIF letra A y B).
- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica (CB., S.C., etc..)
- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residente (NIF Letra W)
- Contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas
- Contribuyentes que tributen en el Régimen de consolidación fiscal en el IS
- Contribuyentes inscritos en el Registro de devolución mensual del IVA
- Personas Físicas ( D.N.I. Y N.I.E.).
Tengan o hayan tenido trabajadores a su cargo.
Para poder acceder al SISTEMA DE NOTIFICACIONES ELECTRONICAS, será necesaria la autenticación de los interesados mediante los certificados electrónicos que se admitan conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Las personas físicas que tengan el DNI ELECTRONICO y su correspondiente PIN ( el PIN caduca, a los 6 meses si no se hubiera utilizado para ningún trámite, deberían ir a la policía nacional donde le facilitaran uno nuevo y comprobar allí que el DNI este activado) este sería un certificado electrónico válido para darse de alta en estas notificaciones, sino es así tendrán que tramitar un certificado digital que se admitan conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Todas aquellas empresas que, antes de la entrada en vigor de la recepción electrónica obligatoria de notificaciones por parte de la SEGURIDAD SOCIAL, tuviesen un certificado digital, tanto de ACCV, FNMT, etc, simplemente tendrán que acceder a la pagina www.seg-social.es y seguir los pasos pertinentes.
Y para todas aquellas personas físicas o jurídicas que no tengan un certificado digital, desde NUESTRO DESPACHO les facilitamos la gestión y solicitud para la obtención del certificado electrónico necesario para la habilitación de dichas notificaciones electrónicas.
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