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Nuevo contrato de trabajo para emprendedores.

El nuevo contrato de trabajo para emprendedores, recogido en el Real Decreto Ley de Febrero de 2012 en la "Reforma Laboral" tiene las características siguientes, independientemente de la edad que tenga el trabajador:

• Duración Indefinida
• Empresas de menos de 50 trabajadores
• Jornada completa
• Forma escrita en modelo oficial
• Duración del periodo de prueba se aumenta hasta 1 año
• Como en todas las nuevas contrataciones la indemnización por despido improcedente será e 33 días por año.

Incentivos Fiscales.

Deducción de 3000 euros si el primer contrato de trabajo de esta modalidad se hace con un menor de 30 años.
Si el contrato se celebra con un perceptor de prestación por desempleo el importe de Deducción Fiscal será el equivalente al 50% de la prestación por desempleo que el trabajador tenga pendiente a la entrada en vigor de la contratación, con un límite de 12 mensualidades.

Requisitos para los incentivos fiscales:
El trabajador que se contrate deberá llevar cobrando la prestación por desempleo un mínimo de 3 meses, antes de la contratación.
La empresa deberá solicitar al trabajador un certificado emitido por el Servicio Público de Empleo, en el que se haga constar el importe de la prestación por desempleo, en la fecha de la posible contratación.

Bonificación de cuotas de la Seguridad Social.

• Trabajadores demandantes de empleo
• Jóvenes entre 16 y 30 años, ambos inclusive, bonificación de la cuota de la empresa durante 3 años de 83,33€ mensuales el primer año, 91,67€ mensuales el segundo año y 100€ mensuales el tercer año.
• Cuando este contrato se celebre con mujeres en sectores el que el colectivo esté menos representado las cuantías anteriores se incrementarán en 8,33€ al mes.
• Mayores de 45 años, que estén inscritos en la INEM, al menos 12 meses de los últimos 18 meses anteriores a la contratación, en este caso la empresa tendrá derecho a una bonificación de la cuota de la empresa de la Seguridad Social de 108,33€ al mes durante 3 años.
• En el caso de que este contrato de mayor de 45 años se celebre con mujeres en el que este colectivo esté menos representado, las bonificaciones serán de 125€ mensuales, también durante 3 años.

Obligación al mantenimiento de empleo, las empresas para la aplicación de estos incentivos fiscales deberán mantener el empleo al trabajador contratado al menos 3 años, en el caso de incumplimiento de esta obligación deberán devolver el incentivo aplicado.


No se considerara incumplida la obligación de mantenimiento de empleo cuando el contrato de trabajo se extinga por despido disciplinario declarado o reconocido como procedente, cese voluntario, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador.

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