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NOVEDADES SEGURIDAD SOCIAL: EMPLEADOS/AS DEL HOGAR

El pasado 1 de enero de 2012 el régimen especial de empleados de hogar se integró en el Régimen General de la Seguridad Social a través de un nuevo sistema especial para empleados de hogar.

En este nuevo Sistema Especial para empleados de hogar la cotización a la Seguridad Social se efectuara en función de las retribuciones percibidas por los empleados de hogar, cuya cuantía y modificaciones deberán ser comunicadas a la Tesorería General de la Seguridad Social. No obstante, hasta el año 2018 inclusive, las bases de cotización se determinaran con arreglo a una escala, según el importe de retribución; en el año 2012 estas bases estarán limitadas por la cuantía de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social; entre los años 2013 y 2018 las bases de cotización se actualizarán en idéntica proporción al incremento que experimente en cada ejercicio de la base mínima del Régimen General. Las modificaciones de las retribuciones deberán comunicarse en el plazo de 6 días desde que se produzcan.

El tipo de cotización por el que se calcula su aportación a la Seguridad Social para contingencias comunes, que actualmente es del 18,30 por ciento, pasara de forma progresiva al 23,60 por ciento entre los años 2013 a 2018.

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