Blogia
JMT Asesores (Mundoinmueble Gestión,SL)

Aprobación del modelo 111 de autoliquidación de retenciones

Informamos acerca de la orden EHA/586/2011, de 9 de marzo, por la que se aprueba el modelo 111 de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifica otra normativa tributaria.

En relación con el esquema de liquidación, en aras de la simplificación administrativa y con el objeto de conseguir una mayor eficacia y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se unifica el modelo 110 con el 111 dado que el contenido de ambos resulta equivalente. Por ello, se aprueba un nuevo modelo 111 de autoliquidación que puede ser utilizado con carácter general por retenedores u obligados que deban realizar mensual o trimestralmente la declaración de ingreso de las cantidades retenidas.

En lo referente a la forma de presentación, se mantiene el esquema existente hasta ahora en virtud del cual las entidades que tengan la consideración de Gran Empresa o de Administraciones Públicas así como aquellas entidades que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o de sociedad de responsabilidad limitada, están obligadas a la presentación telemática por internet.

0 comentarios